Nomenclatura del Sistema Armonizado (SA) - Octava enmienda

La edición 2028 del SA , la octava edición de la Nomenclatura del Sistema Armonizado (SA) , entrará en vigor el 1 de enero de 2028. Las enmiendas del SA 2028 son el resultado del 7.º Ciclo de Revisión del SA, que refleja seis años de profundos debates y estudios técnicos realizados en la OMA. Si bien el SA se revisa normalmente cada cinco años, el 7.º Ciclo de Revisión se extendió excepcionalmente a seis años, de julio de 2019 a junio de 2025, para concluir los debates afectados por la pandemia de COVID-19 y finalizar las enmiendas de forma exhaustiva.

Cambios importantes
El SA sustenta los aranceles aduaneros y las estadísticas de comercio internacional a nivel mundial. Las modificaciones del SA 2028 comprenden 299 conjuntos de modificaciones, lo que resulta en una nomenclatura de 1229 partidas y 5852 subpartidas. En comparación con la edición del SA 2022 , se han creado seis nuevas partidas y 428 nuevas subpartidas, mientras que se han suprimido cinco partidas y 172 subpartidas, para reflejar la evolución de los patrones comerciales, los avances tecnológicos y el creciente papel del SA en el apoyo a los objetivos regulatorios y de política.
La salud pública es un tema central del SA 2028. Las nuevas subpartidas mejoran la visibilidad de los suministros esenciales utilizados en emergencias sanitarias , como ambulancias, equipos de protección individual, respiradores médicos y dispositivos de diagnóstico y monitoreo. Estos cambios responden a los desafíos surgidos durante las recientes crisis sanitarias mundiales y facilitarán la implementación de medidas comerciales de emergencia, como procedimientos simplificados, despachos agilizados y exenciones de aranceles, a la vez que mejoran la preparación y la planificación de la respuesta .
El SA 2028 introduce cambios importantes para las vacunas al reclasificar los productos actualmente cubiertos por la partida 30.02 en dos nuevas partidas : la partida 30.07 para vacunas para uso médico, con subpartidas detalladas que identifican los diferentes tipos de vacunas según las enfermedades a las que se dirigen y, cuando corresponda, combinaciones de enfermedades ; y la partida 30.08 para otras vacunas, incluidas las vacunas veterinarias. Esta estructura mejorada mejora la transparencia de los flujos comerciales de vacunas, apoya los programas mundiales de inmunización y facilita el acceso oportuno a las vacunas, especialmente en situaciones de emergencia .
Otra novedad importante es la creación de la nueva partida 21.07 para complementos dietéticos , con sus correspondientes notas legales, para abordar los antiguos desafíos de clasificación en la interfaz entre productos alimenticios y farmacéuticos. La nueva partida proporciona un marco de clasificación claro y uniforme, reforzando la seguridad jurídica, apoyando los controles regulatorios de las autoridades sanitarias y de protección del consumidor y mejorando la calidad de las estadísticas de comercio internacional en un segmento de mercado en rápida expansión .
La protección del medio ambiente ocupa un lugar destacado en las modificaciones del SA 2028. La contaminación por plásticos es uno de los desafíos ambientales globales más acuciantes. Para armonizar mejor las clasificaciones del SA con las categorías de residuos plásticos establecidas en el Convenio de Basilea , el SA 2028 introduce una reestructuración de la partida 39.15 mediante nuevas subpartidas que diferencian los residuos plásticos peligrosos, los residuos plásticos controlados por el CFP y otros residuos plásticos. Estos cambios refuerzan la capacidad de las administraciones aduaneras para supervisar y controlar los movimientos transfronterizos de residuos plásticos, respaldan el cumplimiento de las obligaciones ambientales internacionales y reducen los costos de cumplimiento para el comercio legítimo al proporcionar vínculos más claros entre los códigos del SA y las entradas del Convenio de Basilea.
El SA 2028 mejora la transparencia en el comercio de productos plásticos , incluidos ciertos productos plásticos de un solo uso , al introducir nuevas subpartidas y aclaraciones en la Nomenclatura para una amplia gama de artículos comúnmente asociados con la contaminación, como pajitas para beber, artículos de embalaje (incluidas cajas, botellas y bolsas), vajilla y utensilios de cocina, guantes, bastoncillos de algodón con varillas de plástico, globos y ciertos productos de pesca y redes. La introducción explícita del concepto de "un solo uso" a través de una nueva Nota legal 3 del Capítulo 39 permite una clasificación más consistente, una recopilación de datos más precisa y una implementación más efectiva de las políticas nacionales e internacionales destinadas a reducir la contaminación plástica, promover enfoques de economía circular y alentar alternativas sostenibles.
Además de las principales áreas señaladas anteriormente, las modificaciones del SA 2028 también incluyen otras actualizaciones importantes destinadas a proteger a la sociedad , apoyar los objetivos ambientales , reflejar la evolución de las prácticas comerciales y mejorar la calidad de los datos comerciales . Estas actualizaciones incluyen medidas para apoyar la lucha contra las actividades ilícitas, mejoras en la clasificación de mercancías sujetas a controles en virtud de diversos convenios internacionales y una mayor visibilidad de ciertos productos ambientalmente relevantes y equipos relacionados con el reciclaje. Las modificaciones reflejan además el progreso tecnológico e incorporan aclaraciones específicas a las disposiciones del SA para garantizar una interpretación y aplicación más uniformes de la nomenclatura.

Implementación y próximos pasos
Con las enmiendas del SA 2028 ya aceptadas, el período restante de dos años ofrece tiempo esencial para que la OMA y sus Miembros se preparen para su entrada en vigor el 1 de enero de 2028. Durante este período, la OMA se centrará en el desarrollo de tablas de correlación entre las ediciones del SA 2022 y 2028, la actualización de las Notas Explicativas del SA y otras herramientas y publicaciones de la OMA, y la prestación de asistencia técnica a los Miembros, incluyendo actividades de desarrollo de capacidades para apoyar la implementación de la nueva edición del SA. A nivel nacional, los Miembros emprenderán los procesos legislativos necesarios, actualizarán los sistemas informáticos, las publicaciones y los procedimientos, e impartirán formación a los funcionarios de aduanas, otros organismos gubernamentales y al sector comercial. Estos esfuerzos coordinados son fundamentales para garantizar una transición fluida al SA 2028 y su aplicación uniforme y eficaz en todo el mundo.

ANEXO