Disp.AFIP 7/26
Ref. Gualeguaychú, Entre Ríos - Subasta pública.
13/01/2026 (BO 14/01/2026)
VISTO, el dictado de la DI-2025-135-ARCA-ADGUAL#SDGOAI, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado acto se autorizó la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben, de acuerdo al detalle indicado en el Anexo IF-2025-04510631-ARCA-ADGUAL#SDGOAI.
Que la División Coordinación de Secuestros y Rezagos (DI CEOA), en coordinación con las autoridades del Banco Ciudad de Buenos Aires, comunicaron su inclusión en la subasta a realizarse el día 15/01/2026.
Que con el objeto de efectuar una más exhaustiva revisión de las mercaderías y de los valores bases asignados, esta Instancia evalúa procedente la suspensión de dicha subasta.
Que, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Dec.618/97 del 10 de Julio de 1997;
Por ello y en uso de las facultades conferidas mediante Disp.AFIP 80/25.
EL ADMINISTRADOR DE LA DIVISIÓN ADUANA DE GUALEGUAYCHÚ
DISPONE:
ARTÍCULO 1º: Suspender la subasta que fuera ordenada mediante DI-2025-135-ARCA-ADGUAL#SDGOAI y su Anexo IF-2025-04510631-ARCA-ADGUAL#SDGOAI por el motivo mencionado en los considerandos de la presente.
ARTICULO 2º.- REGÍSTRESE, comuníquese a la DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA HIDROVÍA. Efectuado el acto dispuesto, déjese expresa constancia en cada una de las actuaciones que involucren mercaderías listadas en la presente. Comuníquese a la Oficina de Secuestros y Rezagos para la intervención de su competencia. Publicar la presente en el Boletín Oficial de la República Argentina, por el plazo de UN (1) día.
ARTICULO 3º.- CUMPLIDO, sigan las actuaciones según su estado.
Luis Armando Prat