Los ajustes facultativos en el marco del Acuerdo de Valoración de la Organización Mundial de Comercio

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El sistema de valoración que establece el Código del Valor de la Organización Mundial de Comercio, recogido por la Ley 24425, se basa en un criterio principal contenido en el Articulo 1 y cinco métodos secundarios que deben aplicarse en el mismo orden en que se enumeran, con la excepción que se menciona en el Artículo 4, relativo a la facultad del importador para solicitar la inversión del orden de aplicación de los métodos amparados por los Artículos 5 y 6.
Por el asesor Miguel Galeano.